El
Defensor del Pueblo ha
planteado que se apliquen criterios
más rigurosos para determinar la edad de los menores extranjeros no
acompañados, tanto en el análisis de las pruebas médicas como en
la coordinación de las distintas administraciones, respetando los
derechos de los menores.
En
el documento Menores
o adultos,
presentado por la Defensora en funciones, María
Luisa Cava de Llano,
la institución expone que la
"inoperancia" del
Registro de Menores no Acompañados "compromete
gravemente el control de
los procedimientos de determinación de edad" de los casos de
extranjeros en los que existe dudas sobre su edad y el seguimiento de
estos casos.
Esta
situación impide la existencia de estadísticas fiables sobre los
menores extranjeros no acompañados en España, lo que condiciona
la toma de decisiones,
destaca la institución. "La diferencia entre ser mayor o menor
de edad es muy importante", ha advertido la Defensora del
Pueblo, porque "si
es menor queda bajo la tutela española pero
si es mayor se le expulsa".
Además,
ante la ausencia
de criterios comunes en las diferentes administraciones se
aplican "una amplia diversidad de prácticas", en los
criterios de examen médico y en los trámites para determinar la
edad, "en los que no siempre se respetan los derechos de los
menores", como a ser asistidos por un abogado durante todo el
proceso.
El
informe examina varias decenas de estos casos e indica que la falta
de intervención de expertos en medicina legal provoca, en numerosas
ocasiones, la
interpretación de la edad basada en pruebas aisladas y
carentes de rigor científico.
El
Defensor del Pueblo recomienda al Gobierno que reforme la Ley de
Extranjería paraasegurar
el derecho a la asistencia jurídica gratuita de
los extranjeros indocumentados,cuya
minoría de edad no pueda ser establecida con seguridad.
Propone a la Fiscalía General del Estado que dicte una instrucción
para que sus fiscales unifiquen los criterios y que ante uno de estos
casos se acuerde dar traslado al servicio médico o al especialista
en medicina legal competente para que evalúe las pruebas necesarias
para estimar su edad.
Recuerda
que los médicos deben informar a los menores sobre el alcance de las
pruebas y que antes de acordar el decreto por el que se fija su edad
hay que celebrar una comparecencia con el interesado, acompañado de
un letrado. Las
pruebas médicas deben ser autorizadas por el fiscal y
no deben realizarse a solicitud de la autoridad policial o de los
servicios de protección de menores, como se hizo en varios de los
casos investigados, lamenta.
A
distintas administraciones autonómicas recomienda que cuando la
policía autonómica tenga a su disposición a un extranjero
indocumentado cuya minoría resulte dudosa se dé inmediata cuenta de
este hecho al registro de menores no acompañados.
También,
que establezcan un servicio
especializado para la estimación de la edad,
basado en protocolos comunes, y que se facilite un sistema de
intercambio de pruebas e informes para evitar la realización de
otras nuevas cada vez que los menores se mueven por distintas
comunidades autónomas.
El
informe recoge el consenso de la comunidad científica para advertir
de los grandes
márgenes de error que presentan las técnicas utilizadas para
estimar la edad -la madurez ósea y el análisis dental- por lo que
propone tener en cuenta la influencia de factores nutricionales y de
educación física, entre otros.
El
Defensor ha recabado el análisis de todas las instituciones y
organismos implicados en este proceso, que coinciden en la necesidad
de llegar a un acuerdo para el establecimiento
de un protocolo común que
pueda adoptarse en todas las provincias y que fije un procedimiento,
plazos, métodos y pruebas a realizar.(diariodecadiz.es)
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